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PAZO JOSE Y NACCARATO ANTONIA MARÍA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Los hijos de José Pazo y Antonia María Naccarato solicitaron la declaratoria de herederos tras el fallecimiento de ambos. El Tribunal declaró a los hijos y a la cónyuge como herederos universales, conforme a la normativa vigente.

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Actor: CLAUDIO CARLOS PAZO; PATRICIA ADELINA PAZO; ALBERTO JOSÉ PAZO Demandado: No aplica Objeto: Declaratoria de herederos por el fallecimiento de José Pazo y Antonia María Naccarato. Decisión: Se declara a los hijos y a la cónyuge como herederos universales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Teniendo en consideración lo normado por el art. 7 del C.C. y C. de la Nación, el derecho sucesorio del heredero ab intestato se rige por la ley vigente al momento de la muerte del causante." "Por ello de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los arts. 3410, 3545, 3565, 3570 y ccs. del C.C. y arts. 2337, 2424, 2426 y ccs. del C.C. y C.N. y 734, 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de JOSE PAZO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos y su cónyuge."

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