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BALDI, CRELIA CAROLINA Y OTROS c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores demandaron a Edesur S.A. por daños y perjuicios derivados de cortes de suministro eléctrico. El tribunal rechazó parcialmente la demanda, reconociendo la responsabilidad de la empresa y condenándola a pagar $55.000 por daños materiales y morales.

Danos y perjuicios Corte de suministro electrico Edesur s.a. Responsabilidad contractual Dano material Dano moral Prescripcion Legitimacion activa Codigo civil y comercial Consumidores


¿Quién es el actor?

Crelia Carolina Baldi y otros.

¿A quién se demanda?

Edesur S.A.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios por cortes de suministro eléctrico.
- Decisión del tribunal: Se rechaza la excepción de falta de legitimación activa y se hace lugar parcialmente a la demanda, condenando a Edesur S.A. a pagar $55.000.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La responsabilidad de Edesur S.A. resulta inexcusable como prestataria del servicio de suministro eléctrico y en tal carácter responde por el incumplimiento de proveerlo del modo convenido." "Se verificó un incumplimiento por parte de Edesur S.A. a la obligación a su cargo de proporcionar el fluido eléctrico del modo convenido, lo que es determinante de su responsabilidad." "En consecuencia, atendiendo a la duración del corte, el monto solicitado y las declaraciones testimoniales, corresponde otorgar en los términos del art. 165 del Código Procesal la suma total de $45.000 en concepto de daño moral."

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