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CHIANTORE JUAN REINALDO C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES /A S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL. PUBLICO

El actor promovió demanda por la nulidad de una resolución del Instituto de Previsión Social que denegó una pensión honorífica. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo el derecho a la pensión y ordenando el pago retroactivo desde la fecha del reclamo administrativo.

Recurso de apelacion Pension honorifica Veteranos de guerra Domicilio Ley 12.006 Nulidad administrativa Retroactividad Tutela judicial efectiva Seguridad social Derecho de defensa

Actor: Juan Reinaldo Chiantore (continuada por sus derechohabientes) Demandado: Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Nulidad de la Resolución N° 3608/22 y reconocimiento del derecho a la "Pensión Honorífica de la Provincia de Buenos Aires" Decisión: Se confirmó la nulidad de la resolución del IPS y se ordenó el pago de la pensión a los derechohabientes desde el 23 de marzo de 2011.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión medular consistía en analizar la legitimidad y razonabilidad de la decisión denegatoria del IPS respecto a la 'Pensión Honorífica de la Provincia de Buenos Aires' solicitada por el Sr. Juan Reinaldo Chiantore." "El domicilio del causante al momento del conflicto se hallaba fijado en el ámbito territorial de la Provincia de Buenos Aires (Morón), pese a que su documentación personal registraba un domicilio anterior en la provincia de Córdoba." "La interpretación de normas previsionales debe realizarse con criterio amplio y a favor del beneficiario, evitando rigorismos que desnaturalicen el espíritu de la ley."

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