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F M E C/ R B G F S/ ALIMENTOS

El demandante apeló la resolución que ordenaba la ejecución de alimentos impagos. La Cámara revocó la decisión de primera instancia, argumentando que la obligación alimentaria cesó al cumplir la alimentada 21 años sin acreditar su necesidad.

Alimentos Ejecucion Mayoria de edad Codigo civil y comercial Necesidad economica Progenitores Cuota alimentaria Revocacion Costas Jurisdiccion familiar

Actor: F. M. E. Demandado: R. B. G. F. S. Objeto: Ejecución de alimentos impagos. Decisión: Se revocó la resolución que ordenaba continuar la ejecución de alimentos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación de prestar alimentos a los hijos se extiende hasta los veintiún años... el derecho alimentario derivado de la responsabilidad parental que se había establecido a su favor en autos, ya había cesado de pleno derecho el día que ella cumplió los 21 años de edad." "La resolución atacada -por el contrario
- prescindió del trámite legal requerido para fijar alimentos en esos términos, limitándose a establecer en un breve párrafo la subsistencia de la cuota original..." "Corresponde revocar la resolución atacada en cuanto manda a continuar la ejecución por los meses de julio de 2025 a la fecha, en concepto de alimentos impagos."

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