MILLUZZO PABLO Y OTRO/A C/ RIO URUGUAY SEGUROS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
Los actores demandaron a la aseguradora y otros por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando el recurso de apelación y validando la inconstitucionalidad de la ley 23.928.
Actor: Pablo Milluzzo; Nahuel Martín Milluzzo Demandado: Río Uruguay Seguros Cooperativa Limitada; Marcelo Alejandro Ubilla; Emmanuel Figgini; Liliana Noemí Ali Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando el recurso de apelación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La queja traída aparece más como un disgusto contra lo que le es adverso que una crítica razonada que venga apoyada en otros elementos que permitan un apartamiento del dictamen pericial (art. 474 del CPCC y su doctrina)." "Cuando las conclusiones periciales no son neutralizadas por otras pruebas, no hay razón para apartarse de las mismas tal como lo hizo el operador, confirmando desde aquí el punto en cuestión." "La doctrina sentada por la Suprema Corte en la causa C. 124.096, 'Barrios', no supone que los jueces asuman la dirección de la política monetaria, sino que cumplen la función de asegurar la supremacía constitucional." "La aplicación al caso de la doctrina de 'Barrios' no importa que este Tribunal asuma funciones legislativas ni que sustituya a los poderes políticos en el diseño de la política monetaria."
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