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GONZALEZ JESUS ENRIQUE C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El actor solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio por incapacidad laboral. El Tribunal de Trabajo Nº 3 de Campana homologó el acuerdo, considerando que no se violan disposiciones de orden público y se respetan los derechos de las partes.

Homologacion Acuerdo conciliatorio Incapacidad laboral Tasa de justicia Honorarios Ley 15.057 Ley 27.802 Derechos laborales Tribunal de trabajo Cosa juzgada

Actor: González Jesús Enrique Demandado: Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA Objeto: Homologación de un acuerdo conciliatorio por incapacidad laboral. Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio, estableciendo el pago de $2.500.000 por parte de la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento los términos del acuerdo arribado, considero que corresponde su homologación por ser una justa composición de derechos e intereses, POR INCAPACIDAD DEL TRABAJADOR por cuanto no se violan disposiciones de orden público." "Se impone el pago de la tasa de justicia, regulándose los honorarios de la representación letrada de la parte actora en 10,05 Jus arancelarios y los de la parte demandada en 7 jus arancelarios." "Los beneficiarios de la regulación deberán denunciar en autos los datos de su cuenta bancaria a los efectos de hacer saber los mismos a quien asumió las costas."

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