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MICHELLI FABIO JORGE S/ CONCURSO PREVENTIVO(PEQUEÑO)

Se plantea un incidente de recusación sin causa en el marco de un concurso preventivo. El Tribunal desestima la recusación, priorizando la economía procesal y la normativa aplicable al proceso colectivo.

Incidente Concurso preventivo Recusacion Economia procesal Competencia Juzgado de primera instancia Ley 24.522 Codigo procesal civil y comercial Prioridad normativa Interes colectivo

Actor: Juan Carlos Saib Demandado: Fabio Jorge Michelli Objeto: Recusación sin causa en el concurso preventivo. Decisión: Se desestima la recusación sin causa y se devuelve el expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°14.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La recusación sin causa resulta incompatible con la rapidez y economía procesal impresas al trámite, tanto de concurso como de quiebra, así como por razón de la prioridad que corresponde asignar a las normas referentes al proceso colectivo respecto del interés individual del deudor y de cada acreedor." "Corresponde desestimar la competencia atribuida y devolver sin más estos obrados al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°14 de La Plata."

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