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GIL MARIA GABRIELA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declara la apertura de la sucesión ab intestato de María Gabriela Gil, fallecida el 11 de octubre de 2025. El Tribunal reconoce como herederos a sus hijos y cónyuge, conforme a lo establecido en el Código Civil y Comercial.

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¿Quién es el actor?

No hay actor específico, se trata de la sucesión de María Gabriela Gil.

¿A quién se demanda?

No hay demandado específico, se trata de la sucesión.
- Objeto de la demanda: Declarar la apertura de la sucesión ab intestato de María Gabriela Gil.
- Decisión del tribunal: Se declara que los herederos universales son los hijos y el cónyuge de la fallecida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de MARIA GABRIELA GIL le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: GUIDO RICARDO, MARCO, MILAGROS y CATALINA MARIA PONZINI Y GIL y su cónyuge ERNESTO PONZINI a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto a los gananciales."

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