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LINGUA MARTA ESTER S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se declara la apertura de la sucesión de Marta Ester Lingua, reconociendo a sus hijos y cónyuge como herederos universales. El tribunal determina que los herederos tienen derechos sobre los bienes de la fallecida, conforme a la normativa aplicable.

Sucesion Herencia Universales herederos Codigo civil y comercial Apertura de sucesion Bienes propios Gananciales Fallecimiento Edictos Notificacion


¿Quién es el actor?

No se menciona un actor específico.

¿A quién se demanda?

TERSILIO MARINO PIGLIAPOCO; MARISABEL PIGLIAPOCO; RAÚL MARINO PIGLIAPOCO.
- Objeto de la demanda: Apertura de la sucesión de Marta Ester Lingua.
- Decisión del tribunal: Se declara la apertura de la sucesión y se reconoce a los herederos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 y 735 y cc. del CPCC declárase en cuanto ha lugar, por derecho que por fallecimiento de MARTA ESTER LINGUA le suceden en carácter de universales herederos, sus hijos MARISABEL PIGLIAPOCO, RAÚL MARINO PIGLIAPOCO y su cónyuge TERSILIO MARINO PIGLIAPOCO, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."

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