M., A. L. c/ A., L. E. Y A., M. J. s/ ALIMENTOS
La parte actora interpuso un recurso de apelación contra la resolución que homologó un convenio de alimentos, cuestionando la imposición de costas. La Cámara de Apelaciones revocó la condena en costas, imponiéndolas solidariamente a los progenitores del menor.
¿Quién es el actor?
A. L. M.
- Demandados: L. E. A. y M. J. A.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución que homologó un convenio de alimentos y la imposición de costas.
- Decisión del tribunal: Se declara desierto el recurso de nulidad y se admite el recurso de apelación, modificando la condena en costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte actora planteó recurso de nulidad subsidiariamente al de apelación... no advierto la existencia de vicios o irregularidades procesales declarables de oficio." "La jurisprudencia ha sostenido de manera uniforme que, en materia de costas devengadas en procesos de alimentos, estas deben ser soportadas necesariamente por el alimentante, salvo casos excepcionales." "La imposición de costas en forma solidaria, derivada de la voluntad común puesta de manifiesto en el acuerdo homologado, se erige como la única vía idónea en el presente para resguardar la eficacia del pronunciamiento."
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