Sentencia TFN INLEG-2019-106875463-APN-VOCXVII#TFN
La acción de amparo prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando existe una demora excesiva por parte del servicio aduanero en la realización de un trámite o diligencia que cause perjuicio en el normal ejercicio de un derecho
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la Dirección General de Aduanas por la demora en la resolución de una solicitud de devolución de tributos abonados indebidamente en concepto de Arancel Externo Común en una importación específica. La controversia gira en torno a la dilación excesiva en la tramitación administrativa del expediente correspondiente, la ausencia de actuación útil del organismo aduanero y el perjuicio que esta demora supone para el interesado. El Tribunal evaluó si se configuraban los requisitos para la procedencia del amparo, estableciendo los criterios para determinar la existencia de una demora excesiva y el daño consecuente en el ejercicio de un derecho o actividad, todo en el marco del procedimiento regulado por el Código Aduanero.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: