Sentencia TFN INLEG-2019-106876865-APN-VOCXVII#TFN
Para que proceda la acción de amparo prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero es indispensable que exista una demora excesiva en la realización de un trámite por parte del servicio aduanero que cause un perjuicio al ejercicio de un derecho o
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado contra la demora en la tramitación administrativa de una solicitud de devolución de tributos abonados en concepto de tributos a la importación. Se discutió si la falta de movimiento en el expediente administrativo constituía una demora excesiva por parte del servicio aduanero, la cual pudiera perjudicar el derecho de la solicitante. El Tribunal examinó los requisitos para la procedencia del amparo, específicamente la existencia de una demora excesiva y el consecuente perjuicio derivado para el solicitante, en el contexto de un procedimiento reglado con plazos establecidos. Se evaluaron las responsabilidades y acciones administrativas y se consideró la fundamentación legal del recurso, incluyendo las implicancias y requisitos del amparo en materia aduanera.
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