Sentencia TFN INLEG-2020-09621175-APN-VOCXXI#TFN
El recurso de amparo conforme al artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando exista demora excesiva en la tramitación administrativa que cause perjuicio en el ejercicio de un derecho o actividad del amparista.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso examina un recurso de amparo contra la Dirección General de Aduanas (DGA) interpuesto por una empresa agroexportadora que reclama el pago de reintegros por exportaciones, los cuales no fueron acreditados en su cuenta bancaria, a pesar de haber cumplido con la presentación de la documentación requerida y no existir observaciones en las operaciones. Se cuestionó la demora en la resolución administrativa y la falta de acreditación de los créditos generados conforme al régimen previsto en el Código Aduanero y normas complementarias. El análisis del Tribunal se centró en la existencia de demora excesiva en la administración, el régimen aplicable para la liquidación y pago de beneficios a la exportación, la vigencia de bloqueos automáticos impuestos por registro de deudas fiscales y las condiciones para el levantamiento de tales bloqueos que habilitan la acreditación de reintegros. Se evaluó si la demora imputada al organismo aduanero era justificada por la situación de deuda del contribuyente y los plazos legales y reglamentarios previstos para la operación del sistema informático.
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