MOSCA MYRTHA IRIS P DE E HIJOS S.H. DE PASSARO MIRTHA INES, MOSCA ALFONSO Y MOSCA VALERIA s/recurso de amparo
Para la procedencia del recurso de amparo en materia impositiva por demora administrativa, deben acreditarse: perjuicio concreto al contribuyente, demora injustificada en el trámite y que el trámite esté a cargo de empleados administrativos de la AFI
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de amparo interpuesto por un contribuyente que solicitó el reintegro sistemático de retenciones del Impuesto al Valor Agregado conforme a la Resolución General AFIP N° 4310/2018, debido a una supuesta demora excesiva en la administración para efectuarlos. El contribuyente sostiene haber cumplido con los requisitos legales e invoca la demora en el pago solicitado por varios meses. El tribunal examina si efectivamente hubo demora injustificada, considerando los plazos legales, la adecuación de la solicitud administrativa y la existencia de una accion previa de pronto despacho sin resultado favorable. Se evalúan las constancias aportadas por la administración fiscal que acreditan los depósitos realizados antes de la interposición del amparo y se determina la procedencia de la acción según los requisitos legales para dicha vía. El análisis se centra en la existencia de un perjuicio real causado por una inactividad de la autoridad fiscal y en la oportunidad de la vía prevista para sancionar dicha demora.
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