Sentencia TFN INLEG-2020-14898831-APN-VOCXX#TFN
El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente para hacer cesar la demora excesiva en la tramitación de actos administrativos a cargo de empleados de la aduana que resulta lesiva para el ejercicio normal de un der
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió en el ámbito del Tribunal Fiscal de la Nación la procedencia del recurso de amparo interpuesto contra la demora de la Dirección General de Aduanas en resolver una solicitud de repetición de pagos indebidos de derechos de exportación. El reclamo se centró en la tramitación del procedimiento iniciado para obtener reintegros derivados de la nulidad de un decreto que establecía esos derechos. Se examinó la existencia de una demora excesiva imputable a funcionarios aduaneros en la resolución del trámite, considerando la normativa del Código Aduanero, en particular su artículo 1160, que regula la procedencia del amparo por mora administrativa. Se analizaron los movimientos administrativos del expediente, el requerimiento de pronto despacho por la actora y los informes del fisco sobre el estado del trámite y el cumplimiento posterior al inicio del amparo. El Tribunal evaluó los requisitos para configurar la mora excesiva y el perjuicio en el ejercicio del derecho, así como la excepción del carácter excepcional del amparo en materia aduanera.
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