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El artículo 1160 del Código Aduanero establece que procede recurso de amparo por demora excesiva cuando no se resuelve un trámite administrativo en un plazo razonable luego de haber requerido pronto despacho sin respuesta en quince días.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo por mora presentado ante el Tribunal Fiscal por retrasos en la tramitación de un pedido de devolución de derechos de exportación supuestamente abonados en exceso. La controversia refiere a la demora imputada a la Administración Aduanera que, según la recurrente, no realizó actos útiles entre su recepción en febrero de 2019 y la fecha de presentación del amparo en diciembre de 2020. Además, se examinaron aspectos relativos a la presunta inconstitucionalidad del Decreto que establecía dichos derechos, y la posible aplicación de doctrina de la Corte Suprema en casos similares. La Defensa Fiscal argumentó que el procedimiento se encontraba en plazo razonable y que la emergencia sanitaria por COVID-19 incidió en la gestión administrativa. El Tribunal evaluó la existencia de demora excesiva conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, considerando las etapas procesales, la falta de respuesta a un pedido de pronto despacho y la suspensión de actividades por pandemia. Se ponderaron igualmente los efectos económicos del tiempo transcurrido y la complejidad técnica del pedido de devolución, ya que involucra criterios unificados y múltiples áreas de la administración.

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