Sentencia TFN INLEG-2021-45615904-APN-VOCXX#TFN
La demora excesiva de los empleados administrativos en realizar un trámite o diligencia a cargo del servicio aduanero puede ser objeto de recurso de amparo siempre que cause perjuicio al ejercicio normal de un derecho o actividad, conforme al artícul
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto por una empresa por demora excesiva en la tramitación de un procedimiento aduanero de devolución de tributos. La solicitud administrativa original data de 2018, con una presentación adicional para pronto despacho en 2018, sin que hasta la fecha del recurso se dictara resolución. Se cuestionó la demora en función del cumplimiento de plazos normativos del Código Aduanero, incluyendo el impacto de la pandemia de COVID-19 en los tiempos administrativos. El Tribunal examinó la existencia de demora excesiva y perjuicio para el recurrente, la procedencia del amparo conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, y consideró informes de la administración que alegaron plazos habilitados y procedimientos normales. Se evaluaron garantías constitucionales relativas a la defensa en juicio y los estándares para considerar la dilación administrativa como indebida, además de los requisitos para habilitar el amparo por demora administrativa.
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