SILA ARGENTINA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
El certificado de origen es un requisito esencial para la aplicación del régimen preferencial arancelario en el marco del Mercosur y su ausencia impide acreditar el origen de la mercadería, motivo por el cual la administración aduanera puede denegar
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la procedencia de una liquidación aduanera por la falta de presentación del certificado de origen en una importación de materias primas provenientes de Brasil para fabricación de autopartes. La controversia giró en torno a la aplicación del régimen de origen establecido en el Mercosur y el Acuerdo de Complementación Económica entre Argentina y Brasil, y la validez de documentación alternativa para acreditar el origen cuando no se cuenta con el certificado formal. El Tribunal examinó el alcance del requisito del certificado de origen como condición esencial para acceder a preferencias arancelarias, la interpretación de normativa supranacional y los efectos de no presentación de dicho certificado en el régimen aplicable. Además, se evaluó la procedencia de la percepción del impuesto a las ganancias relacionada con la operación aduanera en cuestión.
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