ESTABLECIMIENTO AGROPECUARIO EL AGUARA SA s/recurso de amparo
Para la procedencia del recurso de amparo por demora en trámites de organismos recaudadores se requiere verificar: demora imputable a la administración, que esta sea excesiva y que cause un perjuicio o perturbación en el ejercicio de un derecho o act
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia de la acción de amparo interpuesta para exigir a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la resolución de un trámite pendiente de devolución del saldo de libre disponibilidad acumulado en el Impuesto a las Ganancias, solicitado mediante declaración jurada del período fiscal 2018. Se discutió la existencia de una demora excesiva imputable a la AFIP en la tramitación de dicha devolución, pese a los controles administrativos y verificaciones en curso. Se examinaron los requisitos para el uso del amparo por demora excesiva en trámites tributarios, considerando antecedentes, el estado de las verificaciones, el impacto de la pandemia y la relación con otras inspecciones no vinculadas al caso, así como la necesidad que tiene el contribuyente de obtener una resolución administrativa en un plazo razonable. El Tribunal evaluó si la demora denunciada superaba lo razonable y si la Administración justificó adecuadamente las tareas pendientes para seguir con el trámite, ponderando el principio de diligencia administrativa y la protección del derecho del contribuyente a una resolución oportuna.
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