TECNOPROT S.A. s/ incidente de beneficio de litigar sin gastos
El beneficio de litigar sin gastos es una excepción que debe concederse de manera restrictiva, exigiendo la demostración fehaciente de la imposibilidad económica para afrontar el pago de las tasas judiciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó la solicitud del beneficio de litigar sin gastos formulada por una empresa apelante en un proceso por determinación de oficio del Impuesto al Valor Agregado. La recurrente argumentó no contar con recursos suficientes para el pago de la tasa de justicia y ofreció diversas pruebas para demostrar su situación económica. La Fiscalía rechazó tanto el pedido de exención como las pruebas ofrecidas y solicitó su rechazo expreso. El Tribunal analizó la normativa aplicable, incluyendo la exención prevista en la ley y en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y los principios constitucionales de defensa en juicio e igualdad. Se valoraron los medios probatorios presentados, considerándose la prueba testimonial, informativa y pericial, incluyendo el desistimiento de la prueba pericial contable, y se evaluó la suficiencia y pertinencia de esas evidencias para acreditar la carencia de recursos económicos para afrontar las costas del juicio.
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