CENTRO TABACALERA SA s/ recurso de apelación
La condonación de multas y sanciones tributarias no firmes procede siempre que el contribuyente regularice la obligación sustancial y los intereses mediante planes de facilidades vigentes y no se encuentre incursa en causales de exclusión previstas e
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución que impuso una multa tributaria relacionada con la omisión del pago de impuestos internos sobre cigarrillos en diversos períodos fiscales. El Tribunal examinó antecedentes administrativos, incluyendo la regularización de la deuda principal en un plan de facilidades de pago vigente y la condición del contribuyente como pequeña y mediana empresa (PYME) con certificado vigente. Se debatió la procedencia de la condonación de la multa en función de la normativa aplicable, particularmente las previsiones de la ley 27.541 y su reglamentación, que establecen beneficios para quienes se acogen a regímenes de regularización tributaria y cumplen con ciertos requisitos.
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