EX-2021-52929155-APN-SGASAD#TFN
La litispendencia se configura cuando existen procesos pendientes entre las mismas partes, sobre la misma causa y con idéntico objeto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un caso en el que una empresa interpuso dos recursos de apelación distintos contra la misma resolución dictada por la Administración Aduanera. Se cuestionó la existencia de litispendencia derivada de la presentación de dos causas diferentes, en distintos momentos y con diferentes representantes legales, que involucran la misma resolución administrativa relacionada con una infracción aduanera. El Tribunal examinó la identidad de partes, causa y objeto para determinar si existía litispendencia conforme a la normativa procesal aplicable, incluyendo disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial y del Código Aduanero. Asimismo, se evaluó la posibilidad de declarar la litispendencia de oficio para evitar un doble procesamiento de la misma controversia, tomando en cuenta los efectos jurídicos de esta figura y la necesidad de preservar la función judicial y la coherencia en la administración de justicia
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