TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. c/ DGA s/ apelación
El Tribunal Fiscal posee la facultad de ejercer el control de constitucionalidad de normas tributarias y reglamentarias, pese a lo establecido en el artículo 1164 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la constitucionalidad de la Resolución Ministerial 394/07, que estableció alícuotas móviles para derechos de exportación sobre hidrocarburos, basándose en la ley 25.561 que creó el tributo y delegó facultades en el Poder Ejecutivo para fijar dichas alícuotas por un plazo limitado. La controversia gira en torno a si la falta de una ley formal previa que ratificara esta delegación y las alícuotas fijadas hizo ilegal o inconstitucional la exigencia de esas tasas durante un período determinado. Se analizaron antecedentes normativos, prórrogas legislativas, y jurisprudencia relevante, incluyendo el precedente Camaronera Patagónica, sobre la validez de normas delegadas y el principio de reserva de ley en materia tributaria. El Tribunal evaluó el marco constitucional aplicado a la delegación legislativa, el régimen legal desarrollado por la ley 26.122 sobre legislación delegada, y la historia legislativa que incluye ratificaciones nominales del Congreso. Se examinaron cuestiones sobre la facultad del Tribunal para controlar constitucionalidad y el alcance temporal de la vigencia y posible nulidad de la norma cuestionada, tomando en cuenta la emergencia pública declarada y la progresiva intervención legislativa.
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