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EMPRESA NAVIERA PETROLERA ATLANTICA S.A. s/recurso de apelación por retardo en repetición –impuesto a la ganancia mínima presunta

La acción para repetir tributos pagados en exceso se inicia con un reclamo administrativo ante la autoridad fiscal y, ante la falta de resolución en el plazo legal previsto, corresponde interponer recurso ante el Tribunal Fiscal en caso de retardo.

Competencia Costas Quebrantos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso por retardo en la devolución solicitada por una empresa dedicada al transporte marítimo de petróleo, respecto del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (IGMP) correspondiente a los períodos fiscales 2011 a 2016. La controversia giró en torno a la improcedencia o procedencia de la repetición fundada en la presunción de renta mínima establecida por la ley, y la posibilidad de demostrar la inexistencia efectiva de dicha renta. Se examinó la aplicación del precedente 'Hermitage' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que declara inconstitucional la aplicación del IGMP cuando se prueban pérdidas contables e impositivas reales que demuestran que la renta presumida no existió. Se valoró la prueba documental y la pericia contable que acreditaron pérdidas y quebrantos por la empresa, así como el análisis del financiamiento asociado a activos afectados a la actividad. Se discutió asimismo la adecuada tasa de interés aplicable a la repetición y la admisibilidad formal del recurso por retardo, frente a objeciones de la autoridad fiscal sobre el procedimiento seguido y sobre la suficiencia de la prueba aportada.

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