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ISSO CLAUDIO FABIÁN s/recurso de apelación

Los contribuyentes que acceden al régimen de regularización previsto en la Ley 27.541 y su modificatoria Ley 27.562 deben realizar el desistimiento incondicional de la acción y del derecho, incluso el de repetición, respecto de las obligaciones regul

Iva Ganancias Costas Regularizacion Moratoria

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Tribunal Fiscal de la Nación analizó recursos relacionados con determinaciones de oficio de impuestos a las ganancias y al valor agregado (IVA) correspondientes a varios períodos, con especial énfasis en las obligaciones del IVA para el año 2009. Se examinó la aplicación de la Ley 27.541 y su modificatoria la Ley 27.562, que establecen un régimen de regularización y condonación de deudas tributarias, incluyendo cuestiones relativas a los intereses resarcitorios y el desistimiento de acciones judiciales o administrativas. Se valoró la situación administrativa del contribuyente, quien se encontraba categorizado como MiPyME y había efectuado regularizaciones parciales de deudas mediante planes de pago vigentes, además de presentar allanamientos respecto de obligaciones en discusión. El Tribunal analizó la admisibilidad y alcance del desistimiento y la condonación legal de intereses, así como el impacto procesal en costas y honorarios, considerando también nuevas normativas que afectan la regulación de éstos. La valoración jurídica se centró en el cumplimiento de requisitos subjetivos y objetivos para acceder a los beneficios de regularización, la interpretación de la normativa aplicable al régimen excepcional de moratoria y la correcta aplicación de las disposiciones reglamentarias y legales en materia de intereses, desistimientos y costas.

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