BLEU TEL S.A. s/ Beneficio de Litigar sin Gastos
El beneficio de litigar sin gastos solo procede cuando se prueba la carencia de recursos o la imposibilidad de obtenerlos para afrontar las erogaciones del proceso, y no se concede ante meros problemas financieros temporales como falta de liquidez.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la solicitud de beneficio de litigar sin gastos presentada por una empresa dedicada a la comercialización, importación y fabricación de sistemas de telecomunicaciones que alegó falta de liquidez y dificultades financieras derivadas de un litigio comercial que afectó su actividad. El Tribunal examinó los antecedentes administrativos, la prueba pericial contable, informes bancarios y judiciales relativos a los litigios pendientes, así como la normativa aplicable sobre la tasa de actuación y su posible exención conforme a la ley 25.964. Se valoró la necesidad de acreditar fehacientemente la carencia real de recursos o imposibilidad para obtenerlos, diferenciando entre falta de liquidez y pobreza en sentido jurídico, y la carga probatoria para justificar el beneficio en el proceso tributario.
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