MOLINO CHACABUCO S.A. s/ recurso de apelación
La prohibición de aplicar el ajuste por inflación prevista en la Ley de Impuesto a las Ganancias es constitucional y corresponde al Congreso Nacional decidir sobre la fijación del valor de la moneda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió un recurso por retardo en la devolución del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio 2002, en el que se cuestionó la no aplicación del ajuste por inflación en la determinación del resultado impositivo. Se analizaron pruebas contables y periciales relativas al impuesto determinado con y sin ajuste, evaluando si la ausencia de dicho ajuste generó un efecto confiscatorio sobre la renta. Se examinó la validez constitucional de las normas que restringen la aplicación del ajuste por inflación y se evaluó la prueba de la confiscatoriedad, considerando precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la doctrina aplicable. Además, se trataron aspectos relacionados con la actualización de amortizaciones, los intereses resarcitorios y financieros asociados al pago en plan de facilidades, y la correcta interpretación y aplicación de las normas tributarias y constitucionales involucradas.
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