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Sentencia TFN IF-2022-37347336-APN-VOCXVI#TFN

El amparo por demora excesiva conforme al artículo 1160 del Código Aduanero requiere que el recurrente haya solicitado previamente el pronto despacho y que haya transcurrido un plazo sin resolución definitiva.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo por demora excesiva interpuesto contra la Dirección General de Aduanas, derivado de la falta de resolución definitiva en un procedimiento de repetición para la devolución de tributos pagados en una operación de exportación. Se discutió la existencia de demora excesiva conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, la presentación previa del pedido de pronto despacho y la notificación de la resolución administrativa en el expediente correspondiente. El Tribunal examinó los plazos transcurridos, la tramitación administrativa y la acreditación de la notificación, abordando el requisito de que la demora sea lesiva para el ejercicio regular de un derecho, así como la cuestión de la procedencia y oportunidad del recurso de amparo al momento de su interposición.

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