PARAMO CARLOS JOSE s/ recurso de apelación
El régimen de condonación previsto por la ley 27.541 y reglamentado por la Resolución General AFIP 4667/2020 aplica a multas por infracciones tributarias que no se encuentren firmes a la fecha de acogimiento al régimen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación presentado contra una resolución administrativa que impuso una multa por incumplimientos relacionados con el Impuesto al Valor Agregado correspondientes a varios períodos fiscales. Se discutió la posibilidad de aplicar un régimen especial contemplado en la ley 27.541 que prevé la condonación de ciertos intereses y multas para contribuyentes clasificados como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas (MiPyMEs), siempre que se encuentren en planes de facilidades de pago vigentes o refinanciados. El Tribunal examinó la vigencia de la inscripción como MiPyME, la existencia y estado de planes de pago que regularicen las obligaciones sustanciales que motivaron la multa, y la ausencia de causal de exclusión establecida en dicha ley. Se abordaron cuestiones relativas a la firmeza del acto administrativo y los alcances del régimen de condonación establecido, incluyendo los controles y requisitos que deben cumplirse para acceder a dicho beneficio.
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