ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/ DGA s/recurso de apelación
La obligación fundamental del régimen de importación temporaria es la reexportación de la mercadería dentro del plazo establecido, conforme al artículo 250 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución de la autoridad aduanera que sancionó a una empresa importadora y a su aseguradora garante por una presunta infracción relacionada con la importación temporaria de mercadería bajo el régimen del Código Aduanero. La controversia giró en torno a la existencia de la infracción por incumplimiento de las obligaciones de reexportar la mercadería importada temporariamente, la prescripción de la acción fiscal para imponer penas y cobrar tributos, y la validez formal y material del auto de apertura del sumario administrativo. El Tribunal examinó el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aduanera para la validez del acto de apertura del sumario, principalmente los previstos en el artículo 1094 del Código Aduanero, así como la documentación que debe aportar el importador para demostrar el correcto cumplimiento de la obligación de reexportación, como el Certificado de Tipificación y Clasificación (C.T.C.). Se consideró además la interpretación del régimen de prescripción aplicable a la acción del fisco en materia aduanera y el impacto de la nulidad del acto administrativo en cuestión sobre la interrupción de dicha prescripción.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: