INDUSTRIAS PUBLICITARIAS ACIERTO S.A. s/recurso de apelación
La caducidad del plan de facilidades de pago opera de pleno derecho y sin necesidad de intervención administrativa previa conforme a la Res.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la cuestión de la caducidad de planes de facilidades de pago otorgados en materia de aportes y contribuciones a la seguridad social e impuesto al valor agregado, conforme a la Resolución General N° 2774/2010. Se discute la validez del procedimiento aplicado para decretar dicha caducidad, en particular la ausencia de notificación fehaciente previa, la falta de constitución en mora y concesión de plazo suplementario, y el desconocimiento del detalle de liquidación de la deuda. Además, se examina si la caducidad debe considerarse un acto administrativo sujeto a procedimiento sancionatorio o una consecuencia automática del incumplimiento, ponderando la naturaleza jurídica del acto fiscal y el derecho de defensa del contribuyente. El Tribunal evalúa requisitos formales, la interpretación de normas aplicables y estándares procesales, con especial atención a la posibilidad de declarar nulidad por vicios formales vs. la aplicación estricta del régimen de facilidades en ausencia de maniobras eximentes.
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