SILA ARGENTINA S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
El certificado de origen es un requisito esencial y obligatorio para acceder al tratamiento arancelario preferencial previsto en el Régimen de Origen del Mercosur y en el Acuerdo de Complementación Económica Nº 14.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra la resolución que rechazó la impugnación a una liquidación tributaria derivada de la falta de presentación del certificado de origen en la importación de materias primas desde Brasil destinadas a la fabricación de autopartes. La controversia gira en torno a si la omisión del certificado afecta la aplicación del régimen preferencial de origen previsto en acuerdos regionales como el Mercosur y el Acuerdo de Complementación Económica Nº 14, y si la empresa importadora cumplió con los requisitos para acreditar el origen de la mercadería y obtener el beneficio arancelario. Se examinaron las disposiciones normativas internacionales y locales aplicables, la documentación acompañada, la naturaleza del incumplimiento y las consecuencias jurídicas de la falta de certificado, así como la doctrina jurisprudencial vigente respecto a la presentación de percepciones tributarias y su extinción.
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