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EX-2022-25310297-APN-SGASAD#TFN (ARGENSUN S A)

La demora excesiva en la tramitación y resolución de procedimientos administrativos configurada en el artículo 1160 del Código Aduanero constituye presupuesto necesario para la procedencia del recurso de amparo contra actos o demoras de la Administra

Iva Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo interpuesto por una empresa ante la demora en la resolución de un procedimiento administrativo de repetición para la devolución de tributos pagados en una operación de exportación. El caso versa sobre si el lapso transcurrido desde la solicitud inicial y la falta de decisiones administrativas configuran demora excesiva según el artículo 1160 del Código Aduanero. Se examinaron los efectos de la suspensión de plazos y ferias administrativas declaradas durante la pandemia de COVID-19 como justificativo de la demora, y se evaluó la procedencia del amparo en contexto de tutela de derechos constitucionales frente a actuaciones administrativas. El Tribunal consideró la cronología administrativa, las normas y resoluciones de la AFIP sobre ferias fiscales y plazos, la jurisprudencia relativa al amparo y la razonabilidad de los tiempos, ponderando también el impacto de circunstancias extraordinarias en la función pública y el derecho de propiedad del solicitante.

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