ARGENSUN SOCIEDAD ANONIMA c/DGA s/recurso de amparo
El recurso de amparo no es procedente si el procedimiento administrativo cuestionado se encuentra en trámite y se está dando impulso a la resolución del caso conforme a las competencias y regulaciones vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la supuesta demora excesiva de la Dirección General de Aduanas (DGA) en resolver una solicitud de devolución de tributos aduaneros relacionados con una operación de exportación. Se discutió si se configuraba una dilación indebida conforme al Código Aduanero y la normativa aplicable, frente a los plazos establecidos para los procedimientos de repetición de pagos indebidos. El análisis del Tribunal se centró en evaluar el desarrollo procesal administrativo, la existencia o no de impulsos por parte de la administración, y la procedencia del recurso de amparo como vía para tutelar el derecho al acceso a la justicia ante eventual falta de resolución. Se consideraron los plazos formales, el avance efectivo del procedimiento administrativo y la normativa complementaria, examinando los efectos de decisiones administrativas posteriores a la presentación del amparo sobre la virtualidad del mismo.
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