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PESQUERA CLARAMAR S.A. s/ recurso de apelación

El régimen especial de fiscalización denominado bloqueo fiscal limita la verificación fiscal a un período base definido como el último ejercicio anual y se mantiene vigente para los períodos cuyo plazo de vencimiento para la presentación de la de

Iva Ganancias Multa Facturas apocrifas Quebrantos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizaron diversos recursos de apelación contra resoluciones de la AFIP-DGI que determinaron obligaciones tributarias en materia de Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta para varios períodos fiscales. La controversia incluyó la aplicación y derogación del régimen especial de fiscalización conocido como “bloqueo fiscal”, cuestionamientos sobre ajustes por amortizaciones y saldos de quebrantos, la validez de créditos fiscales respaldados por proveedores cuestionados como potencialmente apócrifos, determinación correcta de la fecha del hecho imponible en ventas de buques, la imputación de sanciones y multas por presuntas conductas omisivas o inexactas, la procedencia de determinados gastos y deducciones, así como la responsabilidad solidaria de un directivo de la empresa. El Tribunal examinó los fundamentos legales y jurisprudenciales para evaluar la legitimidad de las imputaciones fiscales y sancionatorias, la adecuada interpretación del régimen fiscal, la carga de la prueba respecto de la existencia y validez de operaciones, y los requisitos para la atribución de responsabilidad a personas vinculadas a la empresa. Se consideraron además las normas sobre prescripción, actualización por inflación, criterios para la deducibilidad de gastos, y el contexto particular de concursos preventivos y contratos con cláusulas específicas.

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