BERWANGER, PEDRO ADELAR c/ DGA s/ Recurso de Apelación
La valoración aduanera en exportación debe basarse en el valor FOB convenido entre comprador y vendedor independientes, en condiciones similares de venta y conforme a los parámetros establecidos en el Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó una controversia relativa a la valoración aduanera de mercaderías exportadas, en la cual se discutió la legalidad de un ajuste de valor efectuado por el servicio aduanero a partir de un estudio comparativo con antecedentes de exportaciones similares. Se analizó si el valor declarado por el exportador respetaba las disposiciones del Código Aduanero respecto al valor FOB pactado entre partes independientes y en condiciones comparables. El Tribunal evaluó la suficiencia y pertinencia de la documentación aportada por la autoridad aduanera para justificar el ajuste, así como la correspondencia y actualidad de los antecedentes invocados. Se abordaron las exigencias normativas para apartarse del valor declarado, la necesidad de la justificación previa al exportador, y los criterios para determinar la base de valoración correcta conforme a los métodos previstos en el Código Aduanero y normas complementarias.
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