Sentencia TFN INLEG-2022-57539400-APN-VOCXXI#TFN
La infracción de declaración inexacta conforme al artículo 954 del Código Aduanero requiere la existencia de una diferencia entre la declaración exigible y la comprobación material efectuada por la Aduana que produzca o pudiera producir un perjuicio
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia de una sanción por infracción al artículo 954 del Código Aduanero en relación con la declaración del valor FOB en exportaciones. El caso giró en torno a la discrepancia entre el valor declarado en la Aduana argentina y el valor de ingreso en Uruguay, en operaciones de maíz y sorgo. Se discutió la posible manipulación en los precios mediante ventas trianguladas entre empresas vinculadas y la repercusión en derechos de exportación y control cambiario. Se examinó si hubo nulidad por déficit en el procedimiento administrativo y se evaluó el alcance del derecho a la defensa y las garantías procesales. El Tribunal consideró el procedimiento seguido por la Aduana, el uso de sistemas de información como INDIRA, y la documentación aportada para determinar la veracidad del valor declarado y la existencia o no de subfacturación y perjuicio fiscal. Otro eje central fue la aplicación del principio de plena competencia y las directrices internacionales de precios de transferencia de la OCDE en el contexto de operaciones intragrupo y su impacto en la valoración aduanera y sanciones administrativas.
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