SILA ARGENTINA S.A. c/D.G.A. s/recurso de apelación
El certificado de origen es un requisito esencial para la aplicación de preferencias arancelarias en el marco de acuerdos internacionales de comercio; su ausencia impide considerar acreditado el origen de la mercadería y, por ende, deniega el tratami
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la legalidad de una resolución administrativa que confirmó una liquidación de tributos y multa automática vinculada a la falta de presentación del certificado de origen en una importación. La controversia gira en torno a la necesidad y carácter esencial del certificado de origen para acceder al régimen preferencial previsto en un acuerdo de complementación económica entre Argentina y Brasil, y si pueden admitirse otros elementos probatorios en caso de imposibilidad de presentar dicho certificado. Además, se examinó la aplicación de un precedente de la Corte Suprema referido a la imposibilidad de exigir percepciones de impuesto a las ganancias fuera de los plazos legales, separando dicha cuestión de la discusión sobre el certificado de origen. El Tribunal evaluó la normativa internacional y nacional aplicable, el régimen de origen y los requisitos documentales, así como el alcance temporal para el cobro de percepciones impositivas.
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