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CLADD ITA S.A. (TF 22.343-A) c/ D.G.A., de fecha 26/11/2019, donde se expidió

El certificado de origen es un requisito esencial y obligatorio para la acreditación del origen de las mercaderías bajo el régimen de origen del Mercosur, debiendo acompañar a las mismas en todos los casos sujetos a dicho régimen.

Iva Ganancias

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió un recurso de apelación contra la resolución que rechazó el procedimiento impugnatorio respecto de una liquidación aduanera por falta del certificado de origen en la importación de materias primas desde Brasil bajo un régimen preferencial del Mercosur. El tema central fue la acreditación del origen de la mercadería para acceder a preferencias arancelarias, cuestionándose si la ausencia del certificado formal podría suplirse por otros medios probatorios y si esa falta configura un incumplimiento formal leve o un requisito esencial. El Tribunal examinó la normativa aplicable, tanto nacional como supranacional, especialmente los protocolos adicionales del Acuerdo de Complementación Económica y la reglamentación del Mercosur, así como la jurisprudencia relativa a la interpretación vinculante de la Corte Suprema sobre el cumplimiento de normas aduaneras y tributarias. Se analizó también la extinción de la facultad fiscal para requerir percepciones impositivas tras vencido el período fiscal correspondiente.

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