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EX-2021-108727678-APN-SGASAD#TFN (BAGLEY ARGENTINA S.A.).-La Dra. Cora M. Musso dijo

El Tribunal Fiscal no puede declarar la inconstitucionalidad de leyes tributarias o aduaneras ni sus reglamentaciones salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado previamente dicha inconstitucionalidad.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó la procedencia de un recurso de apelación contra una resolución administrativa que negó la devolución de derechos de exportación abonados en el marco de un permiso de embarque otorgado durante la vigencia del Decreto 793/18. Se discutió la constitucionalidad de dicho decreto, el cual estableció derechos de exportación del 12% sin una ley previa que fijara las alícuotas, sustentando el reclamo en la violación del principio de reserva legal y la indelegabilidad legislativa. El análisis Jurídico incluyó la interpretación del artículo 1164 del Código Aduanero, que limita la facultad del Tribunal para declarar la inconstitucionalidad sin previa declaración de la Corte Suprema, y la consideración de la ratificación legislativa posterior mediante la Ley 27.467. Asimismo, se ponderaron los precedentes de la Corte Suprema sobre la delegación legislativa en materia tributaria y las condiciones para que dicha delegación sea válida. El Tribunal también examinó la vigencia y efecto de normas delegadas bajo el marco de la ley 26.122 y las implicancias de la convalidación legislativa en la validez y aplicación retroactiva de las alícuotas establecidas.

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