ALBA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/DGA s/recurso de apelación
La prescripción de la acción del Fisco para la determinación tributaria en materia aduanera se rige por lo dispuesto en el Código Aduanero, prevaleciendo sobre la legislación concursal que regula otras prescripciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que impone la obligación de pago a una aseguradora en calidad de garante relacionado con tributos adeudados por importación temporaria no regularizada. La controversia giró en torno a la prescripción de la acción tributaria, los alcances del contrato de seguro de caución y la procedencia de ciertos tributos y percepciones reclamados. Se examinaron los plazos legales de prescripción previstos en el Código Aduanero y su interacción con normativas concursales, así como la aplicación de la doctrina del "plazo razonable" para la tramitación de procesos aduaneros y su compatibilidad con tratados de derechos humanos, particularmente en relación con personas jurídicas. También se discutió la naturaleza jurídica del seguro de caución, el monto y tipos de tributos garantizados, y jurisprudencia relevante de la Corte Suprema de Justicia respecto a percepciones tributarias y derechos adicionales en materia aduanera. El Tribunal evaluó la carga probatoria para acreditar la reexportación de mercaderías importadas temporariamente y la normativa aplicable para la extinción o suspensión de la acción fiscal.
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