BAVOSI S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
La expedición directa es requisito esencial conforme a los tratados ALADI para acceder a beneficios arancelarios preferenciales, requiriendo que la mercadería haya sido expedida directamente del país exportador al importador, salvo tránsito justifica
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza una apelación contra una resolución administrativa que rechazó la impugnación de cargos por tributos y multa automática vinculados a la importación de palmitos desde Ecuador con tránsito por República Dominicana. La discusión principal se centra en si la documentación aportada para acreditar la expedición directa y el régimen preferencial previsto en el ACE 59 cumple con los requisitos formales, particularmente la legalización consular y la presentación oportuna según la Nota Externa nº 22/2009 y la RG 2793/2010. Se examinan los estándares de expedición directa bajo las normativas de ALADI y ACE 59, la adecuación de la documentación de tránsito y la interpretación sobre la exigencia de justificaciones formales y plazos de presentación.
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