ARCHIENZO CARLOS ALBERTO s/ recurso de apelación - Impuesto al Valor Agregado, a las Ganancias y a las Ganancias – Salidas no Documentadas
Las acciones y poderes del Fisco para determinar y exigir el pago de impuestos y aplicar multas prescriben a los cinco años para contribuyentes inscriptos, contados desde el 1° de enero siguiente al año del vencimiento del plazo para presentar declar
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la apelación contra resoluciones que determinaron la responsabilidad personal y solidaria del presidente de una sociedad deudora en el pago de impuestos relativos al Impuesto al Valor Agregado, a las Ganancias y a Ganancias
- Salidas No Documentadas, en períodos fiscales específicos. Se cuestiona la aplicación de presunciones legales para determinar la base imponible, la existencia de deuda exigible, la notificación adecuada, y la procedencia de multas e intereses. Se examinan aspectos probatorios y procesales, incluyendo la alegación de prescripción y la extensión de responsabilidad solidaria basada en el cargo de presidente, la participación en la administración y manejo de fondos sociales, y los procedimientos establecidos para la intimación y determinación de oficio de la deuda tributaria. El Tribunal evalúa los antecedentes jurídicos y fácticos, aplicando criterios sobre la presunción de dolo o culpa, el uso de la presunción legal para estimar ingresos omitidos, y el deber del responsable de demostrar la imposibilidad de cumplir obligaciones fiscales, así como el régimen de suspensión de la prescripción vigente en los periodos cuestionados.
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