ALQUIMIA ARGENTINA S.H. c/ D.G.A. s/recurso de apelación
La falta de presentación dentro del término legal del certificado específico que acredite la calidad orgánica de un producto exportado impide la aplicación de la alícuota reducida para derechos de exportación correspondiente a productos orgánicos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la denuncia y sanción impuesta a un exportador que utilizó una alícuota reducida para derechos de exportación aplicable a productos orgánicos, sin acompañar dentro del plazo previsto el certificado de calidad orgánica exigido por la normativa aduanera y sanitaria vigente. El análisis judicial se centró en la validez del certificado presentado, el cumplimiento de los requisitos formales y temporales para acceder a la alícuota reducida, y la procedencia de la multa por infracción al régimen aduanero. El Tribunal examinó la interpretación de las normas aplicables en materia de certificación orgánica, la responsabilidad administrativa objetiva por el incumplimiento del deber de colaboración con la autoridad, y los estándares para evaluar la conducta del sujeto obligado frente a las exigencias formales del régimen de exportación de productos orgánicos.
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