Sentencia TFN IF-2022-36286851-APN-VOCXVI#TFN
La nulidad procesal debe fundarse en un interés jurídico concreto y en la acreditación de un perjuicio concreto al derecho de defensa para ser declarada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución que sancionó a una empresa por presunta infracción al régimen de importación temporaria, basada en la falta de reexportación total de la mercadería importada. Se examinaron aspectos procesales como la nulidad de la apertura del sumario administrativo vinculada al cumplimiento de requisitos formales, así como la prescripción de las acciones del fisco para imponer multas y percibir tributos. En cuanto al fondo, se evaluó la acreditación documental de la reexportación de la mercadería o insumos correspondientes, considerando certificados de tipificación y permisos de embarque. El Tribunal tuvo en cuenta el principio de conservación de los actos procesales y la posibilidad de subsanación de vicios, además de la carga probatoria respecto al cumplimiento de las condiciones del régimen aduanero. También se discutió la interpretación sobre la aplicación de relaciones insumo-producto para determinar el saldo de mercadería no reexportada.
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