ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación, expediente nº 39.257-A
La infracción al régimen de importación temporaria se acredita con el mero vencimiento del plazo otorgado, invirtiéndose la carga de la prueba en el presunto infractor para demostrar el cumplimiento de las obligaciones asumidas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso interpuesto contra una resolución administrativa que impuso cargos por tributos adeudados derivados de una destinación de importación temporaria. Se examinan los hechos relacionados con el incumplimiento de las obligaciones del régimen aduanero, la actuación de la aseguradora que garantizó el pago mediante una póliza de caución, y la prescripción de la acción fiscal. También se cuestiona la aplicación de la tasa de interés, la competencia de la Dirección General de Aduanas respecto a percepciones impositivas y se revisan los derechos procesales y garantías en el ejercicio de la defensa. El Tribunal evalúa las pruebas administrativas, los plazos legales para la prescripción, el régimen jurídico de la caución como garantía colateral y los precedentes jurisprudenciales vinculados a la fijación de intereses y la exigibilidad de tributos.
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