CARRARO ARGENTINA S.A. c/D.G.A. s/recurso de apelación
El auto de apertura del sumario administrativo debe notificarse al interesado para que produzca efectos jurídicos propios, y solo a partir de dicha notificación se interrumpe o suspende el plazo de prescripción de las acciones penal y tributaria del
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una impugnación a una resolución administrativa que condenó a una firma por presunta infracción aduanera relacionada con el régimen de importación temporaria. El caso gira en torno a la discusión sobre la prescripción de la acción fiscal para imponer multa y cobrar tributos, así como sobre el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones inherentes a la destinación aduanera temporal, específicamente si la mercadería fue reexportada en tiempo y forma. El Tribunal examinó la validez y efectos de la notificación del auto de apertura de sumario administrativo como elemento para la interrupción o suspensión del plazo de prescripción, ponderando la doctrina administrativa y jurisprudencial aplicable, y evaluó la prueba documental presentada para acreditar la regularización de la mercadería bajo dicho régimen.
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