VILLALBA MARTIN HORACIO s/ Apelación
El acogimiento al régimen de regularización previsto por la ley 27.541 implica el desistimiento de todo derecho, acción o reclamo, incluso el de repetición, respecto de las obligaciones regularizadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió el recurso de apelación contra resoluciones que determinaron el IVA y el impuesto a las ganancias correspondientes al ejercicio 2011, incluyendo el ajuste de intereses resarcitorios y la aplicación de multas. La controversia tuvo como eje central la procedencia y efectos del acogimiento al régimen de regularización previsto por la ley 27.541 y sus modificaciones, que establecen beneficios para el contribuyente que regulariza sus obligaciones tributarias vencidas, condicionado al desistimiento de toda acción y derecho, incluso el de repetición. Se analizaron además las implicancias procesales y jurídicas de este desistimiento, en particular respecto a la imposición de costas, considerando la jerarquía y especialidad de la ley 27.541 frente a las normas generales del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y la doctrina jurisprudencial relevante. El Tribunal evaluó el cumplimiento de los requisitos del régimen, la ausencia de causales de exclusión, la cancelación del plan de facilidades y cómo ello influye en la procedencia del desistimiento y la distribución de las costas.
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