Basso SA c/Dirección General de Aduanas
Los procedimientos contenciosos aduaneros quedan excluidos de la suspensión de trámite y del fuero de atracción de los concursos preventivos o quiebras, incluso cuando la acción ejecutoria del crédito está pendiente de resolución por la vía reglada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la legalidad de una resolución administrativa que rechaza la impugnación a una liquidación manual que exige la devolución de beneficios a la exportación percibidos en demasía durante los años 2002 a 2004. Se examinan planteos relacionados con el estado concursal de la firma, la prescripción de la deuda alegada, la aplicabilidad y vigencia temporal de normas consideradas para la reclasificación del beneficio, así como la constitucionalidad de la tasa de interés aplicada a la suma reclamada. El Tribunal evalúa la validez del crédito fiscal derivado de la deuda aduanera sobre la base de la legislación vigente, la distinción entre errores de cálculo y modificaciones interpretativas de la norma, y la titularidad de la competencia para la determinación de obligaciones tributarias en el proceso concursal. Se estudian precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para sostener la corrección de los parámetros aplicados en la reliquidación y la exigibilidad del reintegro, considerando también el régimen de devolución en moneda local y el momento en que debe aplicarse el tipo de cambio para la conversión.
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