LAS 2 C SA s/recurso de apelación
La nulidad por vicios procesales sólo procede cuando existe un perjuicio real y concreto en el derecho de la parte, no por la nulidad misma.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió un recurso de apelación contra actos administrativos que rechazaron parcialmente solicitudes de reintegro de crédito fiscal del IVA vinculado a exportaciones. Se analizaron las verificaciones realizadas por la autoridad fiscal respecto a la legitimidad de los créditos fiscales, la existencia y vinculación de las operaciones de compra y venta con las exportaciones, y la documentación respaldatoria aportada. Se formularon objeciones por presuntas irregularidades en el procedimiento administrativo, incluyendo la falta de dictamen jurídico previo y presunta afectación al debido proceso. Se evaluó la competencia jurisdiccional y se consideró la normativa aplicable para determinar si procedía la nulidad por vicios procesales y la validez de la impugnación basada en inconsistencias atribuibles al proveedor.
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